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Bienestar de Personal

Servicio de Bienestar del Personal

El Servicio de Bienestar de Personal de la Universidad Arturo Prat se regirá por el artículo 134, de la Ley Nº 11.764, el artículo 24 de la Ley Nº 28 de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en adelante el Reglamento General y por su Reglamento particular.

Este Servicio está administrado por un Consejo Administrativo de carácter resolutivo, el cual lo integran seis miembros de la institución, de los cuales tres la representan y tres representan a los afiliados.

El Servicio de Bienestar de Personal de la Universidad Arturo Prat, en adelante el Servicio de Bienestar, tiene por objetivo propender al mejoramiento de las condiciones de vida de sus afiliados y sus causantes de asignación familiar y al perfeccionamiento social y humano de los mismos.

De acuerdo al Organigrama Institucional su dependencia es de la Dirección de Recursos Humanos, reportando directamente a esta.

 


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