Fondo Solidario de Crédito Universitario
Características
· Beneficio que se otorga a los estudiantes de las Universidades del Consejo de Rectores, también denominadas Universidades Tradicionales, para financiar parte o el total del arancel de referencia anual de la carrera.
- Es un crédito otorgado en UTM con tasa de interés anual del 2%. Se comienza a cancelar después de 2 años de haber egresado, pagando anualmente una suma equivalente al 5% del total de ingresos que haya obtenido el año anterior.
- Este crédito es compatible con cualquiera de las becas de arancel y con el Crédito con Garantía del Estado, hasta un monto máximo determinado por el arancel de referencia de la carrera.
- El plazo máximo de devolución es de 12 años, en general, y 15 en caso de que la deuda sea superior a 200 UTM. La recuperación de estos recursos permite que las nuevas generaciones de estudiantes también puedan solicitar estos beneficios.
Beneficios
- Financia parte o la totalidad del arancel de referencia anual de la carrera.
Requisitos
- Ser chileno.
- Pertenecer a los cuatro primeros quintiles de ingreso socioeconómico de la población del país.
- Obtener al menos 475 puntos promedio PSU (Lenguaje y Comunicación y Matemática) en alguno de los dos últimos procesos de admisión, con el cual el estudiante fue seleccionado para ingresar a la carrera.
- Matricularse en primer año en alguna carrera regular de pregrado, con ingreso vía PSU, impartida por alguna universidad perteneciente al Consejo de Rectores (Universidades Tradicionales) según artículo 1° del D.F.L.(Ed.) N°4 de 1981.
- En caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectivo el crédito, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación.
Apelación
· Los estudiantes de las Universidades del Consejo de Rectores que no hayan obtenido un financiamiento igual al arancel de referencia, podrán apelar al FSCU para aumentar su porcentaje de ayuda, siempre y cuando se encuentren en cualquiera de las situaciones expresadas a continuación:
1) Enfermedad catastrófica no cubierta por el GES (Garantías Explícitas de Salud - ex AUGE) de algún integrante del núcleo familiar. Se debe presentar certificado de enfermedad o invalidez y los gastos asociados.
2) Hermanos en Educación Superior: se debe presentar certificado de alumno regular con los montos asociados del año en curso.
3) Fallecimiento del sostenedor del grupo familiar, entre el periodo de postulación a las Becas y Créditos hasta la fecha de apelación. Se debe presentar certificado de defunción.
4) Cesantía del sostenedor del grupo familiar, ocurrida entre el proceso de postulación a las Becas y Créditos hasta la fecha de apelación. Deben presentar finiquito de trabajo del sostenedor.
5) Todos estos antecedentes deberán presentarse en la universidad donde se matriculó el estudiante, en los plazos y formas que se dispondrán oportunamente a través de www.becasycreditos.cl.
