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Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas

Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas

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La Universidad Arturo Prat es una Corporación de derecho público, dedicada a, la enseñanza y al cultivo superior de las artes, letras y ciencias. Su domicilio es la ciudad de Iquique.

 

Artículo 1 del DFL Nº 1, de 1985

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La Universidad podrá, para el cumplimiento de sus fines y objetivos, establecer y mantener Facultades, Departamentos y Centros de Investigación; procurar los servicios de personas que se dediquen al progreso de sus disciplinas, de la instrucción de ellas a los alumnos y promuevan los intereses, de la Universidad como lugar de enseñanza; estudio e investigación; establecer y mantener bibliotecas y laboratorios, procurar los medios materiales para que la actividad de sus académicos y estudiantes pueda desarrollarse.

Artículo 2 Nº 1 del DFL Nº 1, de 1985

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La Universidad podrá otorgar grados Académicos, títulos profesionales, diplomas y certificados que acrediten conocimientos y expedir los instrumentos en que ello conste.

Artículo 2 Nº 2 del DFL Nº 1, de 1985

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La Universidad podrá, sujeta a las disposiciones de este Estatuto respecto a los funcionarios superiores, contratar personas para el servicio de la Universidad, determinar sus remuneraciones y prescribir las condiciones de sus servicios y podrá delegar el ejercicio de estos poderes.

Artículo 2 Nº 3 del DFL Nº 1, de 1985

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La Universidad podrá determinar los derechos que deben ser pagados por cualquier persona o clases de personas por matrícula, por servicios prestados por los funcionarios y organismos universitarios, por exámenes, por admisión a cualquier grado o título de grado, o para propósitos de la Universidad en general.

Artículo 2 Nº 4 del DFL Nº 1, de 1985

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La Universidad podrá celebrar cualquier acto jurídico relativo a cualquier tipo de bienes, con el propósito de promover sus fines y objetivos.

Artículo 2 Nº 5 del DFL Nº 1, de 1985

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La Universidad podrá, para la administración de sus asuntos y el mantenimiento del orden y disciplina, dictar ordenanzas, reglamentos de decretos y resoluciones, siempre que no sean contrarios a la Constitución Política de la Republica, las leyes y este Estatuto. Las atribuciones normativas de la Junta Directiva se ejercerán por medio de ordenanzas y sólo ella podría dictarlas.

Artículo 2 Nº 6 del DFL Nº 1, de 1985

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Los bienes y entradas que forman el patrimonio de la Universidad "Arturo Prat serán administrados por ésta con plena autonomía.

Artículo 2 parte final del DFL Nº 1, de 1985

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El representante legal de la Universidad, para todos los efectos legales, será el Rector.

 

Artículo 3 del DFL Nº 1, de 1985

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