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Viernes 27 de marzo de 2020

Trabajo a distancia o Teletrabajo, la nueva modalidad que ha traído el COVID 19

 

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Hace algunos días se anunció la promulgación  del Proyecto de ley sobre Trabajo a Distancia o Teletrabajo", iniciativa que ya apareció en el Diario Oficial, el pasado 26 de marzo, favoreciendo la creación de nuevos y mejores empleos, permitiendo regularizar este sistema de trabajo en medio de la crisis sanitaria que vive el país.

De acuerdo a Claudia Riquelme, abogada  de la Clínica Jurídica Unap encargada del área laboral, este proyecto se encontraba en tramitación desde el año 2018 y el espíritu de esta ley era conciliar la vida laboral, personal y familiar del trabajador. "Este proyecto incorpora al Código del Trabajo un nuevo título que se denomina de "Teletrabajo o del Trabajo a Distancia", regulando  una forma trabajo que ya se encontraba reconocida en la legislación en el artículo 22 del Código del Trabajo, y dentro de las normas de negociación colectiva (pactos sobre condiciones especiales de trabajo), pero que era bastante incompleta y limitada, ya que no consideraba a ciertos grupos de trabajadores, y además no regulaba materias relevantes como riesgos, la seguridad en el trabajo, jornadas y otras de importancia".

DEFINICIÓN

Lo primero es hacer la diferencia entre lo que es Trabajo a Distancia y Teletrabajo "En el  Trabajo a distancia,  el trabajador cumple sus funciones, total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos de los establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa, escogido por el trabajador. En tanto, en el Teletrabajo, las  funciones se llevan a cabo  mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones o debe reportar esas funciones mediante estos medios".

De acuerdo a la abogada, estas modalidades de trabajo pueden acordarse, por ambas partes, desde el inicio de la relación laboral o puede ser pactada posteriormente a través de un anexo al contrato. En este último caso, cualquiera de las partes, trabajador o empleador, pueden  de manera unilateral, volver a la modalidad que en un inicio había sido acordada en el contrato de trabajo. Para esto solo se debe notificar a la otra parte con 30 días de anticipación.

 

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DERECHOS

La profesional precisó que esta nueva ley no implica un menoscabo a los derechos que tiene el trabajador, como horarios, remuneraciones  u otras condiciones que deben mantenerse íntegras. "No por el hecho de trabajar en el hogar se  afectan los derechos reconocidos en la legislación laboral".

Respecto al descanso, la ley reconoce que esta modalidad se puede dar dentro del contexto de la jornada ordinaria de trabajo de 45 horas y también se puede dar en el marco del artículo 22 del código del trabajo con trabajadores a quienes no se aplica el límite de jornada ordinaria, y ejercen sus funciones sin supervisión directa. Es en este último caso era necesario imponer un límite a los requerimientos del empleador,  y es así como surge el "Derecho de Desconexión" que indica que  durante 12 horas  continuas, dentro de un periodo de 24 horas, el empleador no puede hacer requerimientos al trabajador.

Esta iniciativa también contempla la distribución de trabajo bajo una modalidad denominada flexibilidad horaria que va en directo beneficio del trabajador, es decir " El trabajador puede pactar con su empleador un horario flexible, distribuyendo su horario de trabajo de la manera que más se ajuste a sus necesidades".

OBLIGACIONES

Entre las obligaciones del empleador, Riquelme sostiene que los insumos para el Trabajo a Distancia o  Teletrabajo, es decir equipos, materiales y herramientas que utilicen en el hogar para el desarrollo de su labor, deben ser proporcionados por el empleador y de ninguna manera tienen que ser costeados por el trabajador.

Asimismo, el empleador tiene la obligación de informar los riesgos asociados a la prestación de servicio, por lo que debe  capacitar al trabajador de  las principales medidas de seguridad para el desarrollo de sus labores. Aclaró la profesional que hoy las condiciones de seguridad y de salud  serán reguladas por un reglamento que está elaborando el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social que deberá contemplar las medidas para pesquisar que se cumplan las normativas en materia de trabajo.