Carolina Fuentes Lizama, Académica de la Facultad de Ciencias Jurídicas en UNAP Sede Victoria: Aceptación social de los parques eólicos, un aspecto necesario de abordar, una cuestión de justicia ambiental

Julio Burotto W.
3 de marzo 2023
Sede Victoria

La energía eólica es un tipo de energía renovable que utiliza la fuerza del viento para producir electricidad a través de aerogeneradores (en este escrito utilizo el término torre, turbina o aerogenerador como sinónimos) y que en Chile se “inyecta” directamente al Sistema Interconectado Central.

En primera instancia, estos proyectos cuentan con una aceptación social positiva, debido a que existe un fomento de planes y políticas que contribuyan con el medioambiente, entre los que se encuentra la producción de energías limpias. Sin embargo, Chile adolece de una regulación que minimice los efectos negativos de los parques eólicos para los habitantes de los territorios en donde estos se ubican.

A nivel internacional, existen regulaciones en distintas materias. Por ejemplo: debido a que el ruido de un parque eólico se puede propagar a distancias incluso mayores a 2 kilómetros (Colin, Con y Kristy, 2017), las distancias mínimas que deben existir entre un aerogenerador y las viviendas cercanas son de 500 metros.

Otro de los aspectos que se regulan internacionalmente, es lo que se conoce como el efecto “sombra de parpadeo o shadow flicker”, que es cuando las aspas en movimiento crean sombras parpadeantes en el entorno, generando molestias para los habitantes del lugar. En la zona de Negrete, este efecto lo han descrito como “estar todo el día con luces de discoteque”.

De acuerdo con el informe titulado “Update of UK Shadow Flicker Evidence Base”, este efecto sombra se considera como un tipo de contaminación; y por lo tanto, debe ser sometido a regulación. Para ello, establecen que la población no debe exponerse a más de 30 minutos al día a los efectos de sombra y, por supuesto, se deben ubicar los aerogeneradores lo más lejos posible de las viviendas. Además, existen estudios (Lopucki, Klich, Gielarek, 2017) que demuestran que los animales evitan pastar en áreas próximas a las turbinas, por lo que también es necesario contar con regulación de los efectos de los parques eólicos en la vida animal-silvestre.

Desde el año 2021, “duerme”, en el Congreso Nacional, un proyecto de Ley que busca precisamente regular la instalación de los parques eólicos en Chile. Entre las materias a regular, se encuentran: el efecto sombra parpadeante, la distancia entre torres y viviendas; y establece medidas concretas de participación de la comunidad, así como también medidas de mitigación y compensación por los impactos negativos, entre otras. No obstante, este proyecto no ha avanzado en su trámite legislativo, por lo que seguimos a la deriva en esta materia.

Considerando que en la comuna de Victoria comenzará a construirse un parque eólico muy próximo a la ciudad, entre el río Traiguén y el estero Colo, y que además es uno de los más grandes del país (con 68 aerogeneradores declarados en su Declaración de Impacto Ambiental), me parece necesario poner este tema en discusión y conversar sobre los impactos que este tipo de proyectos tienen para la calidad de vida de todas y todos.

Es necesario someter este tipo de proyectos a una Evaluación de Impacto Ambiental rigurosa, que abra la participación de la comunidad local en distintas instancias, analizando periódicamente su aceptación social, a fin de mejorar y hacer los ajustes necesarios al proyecto, ya que todas y todos esperamos que nuestra calidad de vida mejore día a día. Es una cuestión de justicia.


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