La Dirección de Equidad de Género y Diversidad en la UNAP asume el compromiso institucional de contribuir a la gestación de una comunidad universitaria inclusiva en materia de igualdad de género y diversidad sexual, desde la perspectiva de los derechos humanos y en consonancia con el modelo educativo de la universidad y de los lineamientos de la misión de las universidades del Estado.

La función de la Dirección de Equidad de Género y Diversidad es promover espacios de trabajo y de estudio igualitarios y libres para todas las personas que integran la comunidad universitaria, garantizando la no discriminación y la no violencia al interior de la institución.

 

Contacto: degd@unap.cl

Instagram: @unap_degd

 

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POLÍTICA INTEGRAL DE IGUALDAD DE GÉNERO

 
 

Documentos y Normativas

 
Informe de Brechas
La Universidad Arturo Prat
Con Enfoque de Género.
Miradas y Reflexiones
Procedimiento de Investigación y Sanción de Acoso Sexual, la Violencia y Discriminación de Género
Reglamento orgánico de la Dirección de Equidad de Género y Diversidad
Ley que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la educación superior
Manual para el uso no sexista del lenguaje
Manual de buen trato para una sana ciberconvivencia
Protocolo para el reconocimiento del nombre social

Nuestro Equipo

 

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Karen Jacob Chung
Directora
Teléfono: 57-2526986
E-Mail: kjacob@unap.cl

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Rodrigo Cárdenas
Psicólogo, Encargado de la oficina de Acompañamiento
E-Mail: rodrigocardenas@unap.cl

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Ma. Eugenia Soto Quintana
Socióloga, Asesora de Género
E-Mail: msotoq@unap.cl

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Luana Lucka Castillo
Secretaria
E-Mail: llucka@unap.cl

Oficina Acompañamiento

 

Consejo Asesor

El Consejo Asesor es un órgano de transparencia y apoyo a la gestión de la Dirección de Equidad de Género y Diversidad y tiene un carácter triestamental. Las funciones del Consejo Asesor son debatir las políticas, medidas y acciones propuestas por la Dirección previas a su implementación; proponer líneas de acción para asegurar la transversalización del género en la Universidad (investigación, extensión, formación, etc); conocer las propuestas que la dirección formule a las autoridades universitarias no contempladas en la agenda de actividades; supervisar el adecuado funcionamiento de la Dirección y el cumplimiento de objetivos establecidos en la agenda de actividades; consensuar la conformación de posibles Comisiones Técnicas para tratar temas especícos del funcionamiento de la Dirección, las que tendrán un carácter transitorio y sus integrantes serán miembros de la comunidad universitaria en materias especícas. Finalmente, este Consejo deberá vericar el informe anual de resultados (evaluación) en materia de políticas de igualdad de género implementadas por la Dirección.

Marianela Llanos
Representante de la VRA

Sandra González
Representante de la VRII

Francesca Pallauta
Representante del estamento administrativo

Claudia Baltierra
Representante del estamento académico

Fabiola Ibáñez
Representante del estamento académico

Viviana Mallea
Representante de la dirección de gestión de personas

Francisca Meneses
Representante de la Secretaría de Género y Sexualidades de la federación de estudiantes

Alejandra Portillo
Representante de la Mesa Interina de la federación de estudiantes
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La Universidad Arturo Prat, en su compromiso por incorporar el enfoque de Derechos Humanos en cuanto a la no discriminación, en especial en el del reconocimiento de la identidad de género de nuestra comunidad universitaria, ha establecido un Protocolo para el Reconocimiento de Nombre Social con el objeto de registrar y realizar acompañamiento inclusivo a quienes informen la necesidad de hacer uso de su nombre social de manera interna en la Universidad. Para estos efectos, se entiende por “Nombre Social” el que utiliza una persona en razón de su identidad y expresión de género y que difiere de su nombre legal.

El protocolo desarrollado es un instrumento que establece la forma y condiciones en que estudiantes, así como el personal administrativo y académico de nuestra Universidad, cuyo nombre registral no esté acorde con su identidad y expresión género, podrá solicitar y utilizar el nombre social, a fin de ser reconocidos por sus pares y miembros de nuestra comunidad universitaria. Su incorporación permite disminuir las brechas culturales en temáticas discriminatorias, proteger a las personas de la comunidad LGTBQ+ que se vean afectadas por su nombre registral, resguardando así su integridad y bienestar, entregando el reconocimiento a las personas por sobre los patrones culturales arraigados en Chile, fortaleciendo la relación y pertenencia de sus miembros con la institución.

Conceptos claves

Sexo y Género

El sexo se refiere a las características biológicas y fisiológicas de una persona, incluyendo hormonas, cromosomas, entre otros. Estas características suelen dividirse de manera binaria, sin embargo, las variaciones naturales pueden ir más allá de dos categorías. Por otra parte, el género se refiere a los roles que asigna la sociedad a cada sexo, siendo este un constructo social y cultural, variando así según el contexto histórico, geográfico, entre otros.

Identidad de Género

De acuerdo a la Ley 21120 art. 1°, se entenderá por identidad de género la convicción personal interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre verificados en el acta de inscripción de nacimiento.

Expresión de Género

De acuerdo a la ley 21120 art. 4 letra a) Se entenderá por expresión de género la manifestación externa del género de la persona, la cual puede incluir modos de hablar o vestir, modificaciones corporales, o formas de comportamiento e interacción social, entre otros aspectos.

Nombre Social

De acuerdo al DE N° 10-1277-23, se entiende por "Nombre Social" el que utiliza una persona en razón de su identidad y expresión de género y que difiere de su nombre registral.

Nombre Registral

Corresponde al nombre asignado al nacer, el cual es inscrito en el registro civil y se encuentra relacionado con el sexo asignado al nacer.

La comunidad universitaria UNAP, puede solicitar tanto el reconocimiento de su nombre social, para aquellas personas que aún no hayan realizado el cambio de manera legal. O el cambio de nombre registral, para aquellas personas que ya cuenten con este cambio de manera legal. Cabe señalar que para quienes deseen realizar el cambio de nombre registral, deben contar con los siguientes documentos que lo acrediten, Cédula de identidad, Certificado de Nacimiento con la Resolución y/o Sentencia, los cuales deberán ser adjuntados en el formulario de solicitud.

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