
La Dirección de Gestión de Personas es la dirección superior que tiene como objetivo facilitar la gestión y el fortalecimiento del capital humano de la institución, a través del trato cercano y oportuno, velando por el desarrollo de las personas en su vida laboral, considerando la correcta aplicación de los procedimientos administrativos, políticas y normas institucionales.


En nuestra institución el Capital Humano es muy valioso, por lo que nuestro proceso de reclutamiento y selección de personas, tiene por objetivo atraer, evaluar, incorporar y retener candidatos potenciales y calificados, para cubrir vacantes tanto en área de la administración y operaciones, como también en el área académica, con la finalidad de integrar, renovar y potenciar el Capital Intelectual de la Universidad, a través de un proceso objetivo y transparente, utilizando para ello la plataforma web de la Universidad y otros medios escritos de difusión local o nacional.
A través de los siguientes enlaces puedes conocer nuestra oferta laboral:
http://portal.unap.cl/kb/dewey/app/sispartime/llamado.php


• PDF Formulario Solicitud Cambio de Horario GEDO Contrato
• PDF Formulario Cambio de Antecedentes, disponible en portal UNAP
Recuerda que como persona contratada, a través del campus unap, puedes acceder a:
• Liquidaciones de sueldo (ruta acceso: Servicios on-line; Recursos humanos; Personal contratado; Liquidación de sueldo)
• Informe de asistencia (ruta acceso: Servicios on-line; Recursos humanos; Información personal; Informes control biométrico)
• Certificados de renta (ruta acceso: Servicios on-line; Recursos humanos; Información Personal; Certificado de rentas)
• Modificación de datos personales
Contacto: remuneraciones@unap.cl

Contacto: nombramientos@unap.cl

El área de prevención de riesgos tiene como función principal promover la seguridad y salud de los funcionarios de la universidad, mediante la identificación, evaluación, control de los peligros y riesgos asociados a su labor, además fomentar el desarrollo de actividades y medidas necesarias para prevenir los riesgos derivados del trabajo y salud ocupacional
Web de interés: www.mutual.cl
Contacto: prevencionderiesgos@unap.cl

La Universidad Arturo Prat ha dispuesto el presente sitio informativo para orientar a las personas funcionarias respecto del régimen de teletrabajo vigente para el año 2026, conforme al Decreto Exento N°10-0405-26. Aquí podrá revisar requisitos, criterios de prelación, documentos exigidos, condiciones de desempeño y acceso al formulario de postulación.
Importante
Objetivo General
Incorporar una modalidad de trabajo moderna que aporte a la gestión institucional, que permita aprender de problemas coyunturales sanitarios y sociales que han obligado a las organizaciones a seguir progresando a través de la tecnología.
Objetivos Específicos
Postulación según Decreto Exento N°10-0405-26. El teletrabajo es una modalidad regulada sujeta a evaluación.
Funciones aptas para modalidad remota:
Cargos excluidos:
La jefatura debe validar:
Las personas seleccionadas firmarán un convenio que define jornada, presencialidad, vigencia y jefatura responsable.
El proceso se desarrolla en etapas gestionadas por la Dirección de Gestión de Personas.
Completar formulario oficial en Forms (difundido vía correo institucional) adjuntando todos los antecedentes requeridos.
Verificación de requisitos formales. Las postulaciones incompletas serán declaradas inadmisibles, sin pasar a la etapa de evaluación.
Evaluación de postulaciones admisibles bajo criterios de prelación. En caso de alta demanda, se asignarán cupos según el puntaje obtenido.
Dictación del acto administrativo y notificación oficial a través de los canales institucionales y el correo electrónico registrado.
Derecho a interponer recurso de reposición dentro de 5 días hábiles, acompañando nuevos antecedentes para reevaluación.
Suscripción del convenio de teletrabajo, el cual entrará en vigencia tras la tramitación total del acto administrativo.
Documentación requerida para formalizar la postulación.
Según corresponda (cuidado/inclusión):
La entrega de información incompleta, inconsistente o falsa dará lugar a la inadmisibilidad de la postulación, además de posibles responsabilidades administrativas.
La Universidad podrá solicitar antecedentes adicionales o realizar verificaciones necesarias para la correcta evaluación.
El resultado de la autoevaluación será analizado por Prevención de Riesgos, pudiendo incidir en la aprobación o rechazo de la postulación.
Mecanismo excepcional regulado en el Artículo Séptimo del decreto.
Es un mecanismo excepcional que permite autorizar teletrabajo sin convenio previo, en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditadas, que impidan el cumplimiento normal de funciones presenciales.
Cuando exista un caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado, tales como:
La situación deberá ser debidamente acreditada mediante antecedentes verificables.
El procedimiento es el siguiente:
En caso de rechazo de la solicitud, la persona funcionaria podrá interponer un recurso de reposición dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación, acompañando nuevos antecedentes para su reevaluación.
Máximo: 30 días corridos.
Posible extensión: una sola vez por hasta 30 días adicionales. No se permiten renovaciones sucesivas.
Durante este período, la persona funcionaria deberá cumplir con el registro de asistencia mediante el sistema remoto institucional y las demás obligaciones propias de la modalidad de teletrabajo.
Cuando situaciones que afecten a la institución impidan el funcionamiento normal, podrá disponerse teletrabajo para unidades completas mediante acto administrativo.
Podrá autorizarse teletrabajo de manera transitoria en el contexto de medidas de protección, conforme a requerimiento fundado.